Cuando una familia gana dinero porque un niño aparece de forma habitual en redes, ya no estamos hablando solo de compartir fotos. Hay trabajo, contratos, audiencia, datos personales e ingresos construidos con la imagen de alguien que todavía no puede comprender todas las consecuencias. La pregunta no es únicamente si los padres autorizaron. Es quién protege el dinero, el tiempo, la privacidad y el derecho del niño a cambiar de opinión.
El caso de BrandArmy puso el problema bajo una luz especialmente incómoda: cuentas administradas por padres ofrecían a adultos acceso de pago a contenido de menores. Pero reducir el debate a una plataforma sería un error. El mismo conflicto puede aparecer en un canal familiar, una cuenta de baile, reseñas de juguetes, videos deportivos o campañas con marcas.
Qué investigó ABC sobre BrandArmy
En mayo de 2024, el programa Four Corners de la cadena pública australiana ABC documentó cuentas de menores en BrandArmy. La plataforma permitía entonces que adolescentes desde los 13 años tuvieran un canal gestionado por uno de sus padres, mientras que los suscriptores de esos canales debían ser mayores de 18 años.
ABC encontró comentarios sexualizados y contenido que, aun sin desnudez, atraía atención adulta inapropiada. Cuando los periodistas señalaron cuentas concretas, BrandArmy retiró algunas. La empresa no concedió una entrevista, pero sostuvo que entrevistaba a los padres antes de habilitar un canal juvenil y que moderaba la plataforma. Leer la investigación completa de ABC.
Hay una discrepancia que conviene mantener visible. ABC informó que BrandArmy decía haber dejado de admitir nuevos creadores menores, aunque todavía encontró cuentas existentes. Las normas públicas de la plataforma consultadas describen permisos, consentimiento y gestión parental para creadores menores de 18 años. Sin una declaración actual y fechada de la empresa, no es responsable afirmar cuál es hoy su política operativa exacta.
Sharenting es compartir información de los hijos fuera del círculo familiar. Kidfluencing añade una capa comercial: la presencia del niño ayuda a producir ingresos, regalos, patrocinios o crecimiento para una cuenta.
La frontera no depende del número de seguidores. Aparece cuando existe una combinación como esta:
publicaciones repetidas o un calendario de producción;
marcas, enlaces afiliados, suscripciones, regalos o publicidad;
expectativas sobre cómo debe vestir, actuar o responder el niño;
ingresos que dependen de mantener su vida frente a la audiencia;
presión para continuar porque la cuenta sostiene parte del presupuesto familiar.
UNICEF ha señalado que la creación de contenido y el marketing de influencers pueden convertirse en nuevas formas de trabajo digital infantil que quedan fuera de protecciones laborales tradicionales. Eso no significa que cada video familiar sea explotación. Significa que la etiqueta “lo hacemos en familia” no elimina por sí sola las obligaciones de cuidado.
El consentimiento de los padres no resuelve todo
Un adulto puede autorizar una publicación y, al mismo tiempo, tener un interés económico en que esa publicación exista. Por eso hacen falta límites que no dependan solo de la buena intención.
El Comentario General n.º 25 del Comité de los Derechos del Niño pide que la privacidad, la seguridad y la opinión del niño se consideren según su edad y capacidad. UNICEF lo traduce a una práctica sencilla: involucrar a los hijos en las decisiones sobre su imagen enseña consentimiento y respeta su autonomía. Ver las recomendaciones de UNICEF sobre sharenting.
Un niño pequeño no puede dar consentimiento informado para una audiencia futura, un contrato de uso perpetuo o una imagen que seguirá circulando cuando sea adolescente. Un niño mayor sí puede expresar una preferencia, pero su “sí” tampoco vuelve aceptable cualquier contrato. La responsabilidad final sigue siendo del adulto.
Qué protege la ley: tres ejemplos concretos
Ecuador
El Código de la Niñez y Adolescencia ya reconoce los derechos de niños y adolescentes a la dignidad, la imagen y la privacidad. Además, en febrero de 2026 la Superintendencia de Protección de Datos Personales explicó que fotografías, videos o mensajes dejan de ser un asunto exclusivamente familiar cuando se difunden a un público indeterminado o se usan con fines comerciales; en esos casos entra en juego la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales. Consultar la información de la SPDP.
En 2026 la Asamblea empezó a debatir reformas digitales y el 29 de julio se presentó un proyecto específico sobre exposición económica infantil. Es importante llamarlo por su nombre: es un proyecto, no una ley vigente. La propuesta incluye salvaguardas patrimoniales y un registro para actividades que usan la imagen, voz o presencia de menores con fines económicos. Ver el estado informado por la Asamblea.
Illinois, Estados Unidos
La Public Act 103-0556 entró en vigor el 1 de julio de 2024. Bajo condiciones concretas, obliga a quienes producen contenido monetizado a llevar registros y reservar ingresos para menores de 16 años que aparecen en una proporción relevante del contenido. También permite que el hijo reclame si el dinero no fue protegido. No es una regla federal ni se aplica automáticamente fuera de Illinois. Leer la ley de Illinois.
Francia
La Ley 2020-1266 regula la explotación comercial de la imagen de menores de 16 años en plataformas. Establece controles según el tipo e intensidad de la actividad, reglas sobre ingresos y un mecanismo para que el menor pida la eliminación de contenido sin necesitar la autorización de sus representantes. Consultar el texto en Légifrance.
Las reglas cambian por país y por tipo de actividad. Esta comparación es informativa, no asesoría legal. Si la imagen de un hijo genera ingresos, conviene revisar el caso con un profesional local antes de firmar campañas o aceptar términos de una plataforma.
Ocho condiciones mínimas antes de monetizar
El niño puede decir no. Su negativa detiene la grabación o la publicación, aunque exista un contrato con una marca.
No se monetizan momentos vulnerables. Quedan fuera castigos, crisis, problemas médicos, intimidad, baño, ropa interior, sueño, ubicación frecuente, uniforme, escuela y conflictos familiares.
El dinero del niño se separa. Define por escrito qué porcentaje le pertenece, dónde se guarda, quién rinde cuentas y cuándo podrá usarlo. La ley local puede exigir más.
Hay límites de tiempo. Grabar no desplaza escuela, descanso, juego, amistades ni actividades que no producen contenido.
El contrato limita el uso de la imagen. Revisa duración, países, anuncios pagados, sublicencias, reutilización, entrenamiento de IA y derecho a retirar piezas. “A perpetuidad” merece especial cautela.
La audiencia no tiene acceso privado al niño. Los mensajes, videollamadas, regalos y encuentros pasan por un adulto responsable; no se venden conversaciones personales.
Existe una revisión periódica. Cada campaña debe preguntarse de nuevo, no asumir que un permiso antiguo vale para toda la infancia.
Hay un plan de salida. El niño debe saber cómo dejar de participar y qué se hará con el contenido ya publicado.
Señales para detener la actividad de inmediato
El niño evita grabar, se angustia o siente que decepciona a la familia si no participa.
La cuenta recibe comentarios sexualizados, solicitudes privadas o regalos condicionados.
La marca pide ropa, poses, retos o situaciones que el niño no elegiría fuera de la campaña.
Los ingresos familiares empiezan a depender de revelar cada vez más intimidad.
Un contrato impide borrar contenido o entrega derechos amplios sin una fecha de término.
La escuela, el descanso o las relaciones del niño se ajustan al calendario de publicaciones.
Si aparecen sexualización, amenazas, solicitudes de imágenes o contacto directo de un adulto, guarda los datos necesarios sin redistribuir material, bloquea y reporta la cuenta. En Ecuador puedes acudir a la Fiscalía General del Estado; ante peligro inmediato llama al 9-1-1.
Una auditoría familiar de quince minutos
Abre las diez publicaciones con menores que más dinero o alcance generaron y responde:
¿El niño eligió participar y volvería a elegirlo hoy?
¿La pieza muestra ubicación, escuela, salud, rutinas o una situación vergonzosa?
¿Quién ganó dinero y qué parte quedó protegida para el niño?
¿Qué derechos de uso conserva la marca o la plataforma?
¿La borraríamos si nuestro hijo lo pide dentro de cinco años?
Si una respuesta incomoda, no hace falta borrar toda la historia familiar en una noche. Empieza por las piezas más íntimas, las que revelan ubicación y las que atraen una audiencia sexualizada. Luego cambia las reglas para lo que publiques desde hoy.
El criterio no es “publicar o desaparecer”
Una familia puede crear contenido con sus hijos y hacerlo con límites. Pero cuando hay dinero, la vara debe subir: participación real del niño, privacidad por defecto, ingresos protegidos, contratos acotados y una salida posible.
Para revisar publicaciones familiares no comerciales, usa nuestra guía de sharenting consciente. Para establecer reglas de grabación, privacidad y dispositivos en casa, descarga el Contrato Digital Familiar. Y si quieres ver cómo encaja todo dentro de una decisión más amplia, empieza por qué es la crianza digital.
La imagen puede generar dinero. El derecho a dejar de ser contenido debe valer más.
Te dejo el dato para que decidas tú.


